Seguro médico y exención en el IRPF
PREGUNTA:
Nuestra empresa está valorando la opción de pagar un seguro médico a los trabajadores. ¿Qué requisitos se deben cumplir para que este producto esté exento en el IRPF de los trabajadores?
RESPUESTA:
Nuestra empresa está valorando la opción de pagar un seguro médico a los trabajadores. ¿Qué requisitos se deben cumplir para que este producto esté exento en el IRPF de los trabajadores?
RESPUESTA:
Si su empresa contrata un seguro médico para sus trabajadores, dicha retribución en especie está exenta de tributar en el IRPF hasta unos límites. En concreto:
- Los trabajadores no tendrán que integrar en su IRPF las primas satisfechas por su empresa hasta el límite de 500 euros por persona asegurada, pudiendo ser asegurados el mismo empleado, su cónyuge y sus hijos. De este modo, si un empleado está casado y tiene un hijo, podrá aplicar una exención de 1.500 euros si su empresa le paga un seguro a él y a su familia.
- Si alguna de las personas indicadas en el párrafo anterior es una persona con discapacidad (el trabajador, su cónyuge o sus descendientes), la exención en el IRPF se amplía hasta los 1.500 euros para cada una de ellas.
La exención es aplicable siempre que la empresa pague directamente el seguro a la compañía aseguradora. Por tanto, si el trabajador ya dispone de seguro de enfermedad, modifíquenlo o formalicen uno nuevo, para que quede claro este extremo.
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