Los tribunales dicen...
|
Los formalismos del convenio, obligatorios para el despido
|
Según el Estatuto de los Trabajadores, si su empresa quiere efectuar un despido disciplinario, debe notificarlo por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos. Si no se cumplen los requisitos indicados, el despido se declarará improcedente.
Asimismo, el convenio colectivo puede establecer otras exigencias formales para el despido. Por ejemplo, puede otorgar al trabajador un determinado plazo para que formule alegaciones frente a los cargos imputados, antes de que el despido se produzca. ¡Atención! Pues bien, los requisitos adicionales que puedan establecer los convenios también son de obligado cumplimiento. En este sentido, una reciente sentencia ha confirmado que, si no se cumplen las exigencias del convenio (aunque se hayan cumplido los requisitos fijados en el Estatuto de los Trabajadores), el despido también será declarado improcedente (sentencia del Tribunal Supremo de 3 de abril de 2018). Por tanto, antes de despedir a un trabajador, conviene que revise siempre si el convenio le obliga a seguir algún trámite formal adicional. |
martes, 12 de junio de 2018
Los formalismos del convenio, obligatorios para el despido
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario