viernes, 9 de febrero de 2018

¿Está o no está la empresa obligada a registrar la jornada diaria de todos los empleados?

¿Está o no está la empresa obligada a registrar la jornada diaria de todos los empleados?
 
PREGUNTA:
En principio, pensábamos que ya no era obligatorio implantar un sistema de registro diario de la jornada de todos los empleados, pero nos han comentado que hay una sentencia de la Audiencia Nacional que vuelve a recuperar esa supuesta obligatoriedad. ¿Es así realmente?

RESPUESTA:
Por el momento, no es obligatorio que su empresa realice un registro diario de la jornada de todos los empleados, ya que la normativa no lo exige y el Tribunal Supremo ha sentenciado expresamente que no es obligatorio establecer dicho sistema (sents. del TS de 20.12.17, de 23.03.17 y de 20.04.17).

Aunque el TS reconoce que es cierto que “convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias”, la realidad es que “esa obligación no existe por ahora y los Tribunales no pueden suplir al legislador imponiendo a la empresa el establecimiento de un complicado sistema de control horario” (sent. del TS de 20.12.17).

Asimismo, la Instrucción de la Inspección de Trabajo 1/2017 (a raíz de la sentencia del TS de 23.03.17) especifica que  no es obligatorio establecer un sistema de registro diario de la jornada de todos los empleados y que el hecho de no contar con un registro diario de la jornada de todos los empleados no puede considerarse como una infracción en el orden social. En definitiva, que actualmente la Inspección no puede sancionar a las empresas por el mero hecho de no contar con un sistema de registro diario de la jornada ordinaria de todos los empleados.

Ahora bien, es cierto que la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado un Auto con fecha 19 de enero de 2018, en virtud del cual se ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que clarifique si es conforme con la Directiva europea una normativa como la española, donde no cabe deducir que sea exigible para las empresas el establecimiento de un sistema de registro de la jornada diaria efectiva de trabajo para todos los empleados, se hagan o no horas extras. No obstante, mientras no cambie la normativa o hasta que no se pronuncie el TJUE, la empresa no está obligada a implantar un sistema de registro diario de la jornada.

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