Complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema de la seguridad social
Artículo 60 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
Se ha modificado el art. 60 del Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, y que va a suponer un complemento en las pensiones contributivas para las mujeres que hayan tenido dos o más hijos y vayan a percibir pensión contributiva. Con efectos del 1/1/2016.
Se ha modificado el art. 60 del Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, y que va a suponer un complemento en las pensiones contributivas para las mujeres que hayan tenido dos o más hijos y vayan a percibir pensión contributiva. Con efectos del 1/1/2016.
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